1.- El 31 de diciembre del año 2025 a través del DNU 941/2025 el poder ejecutivo realizó una serie de modificaciones a la ley de Inteligencia Nacional N° 25.520, alegando que “esperar la cadencia habitual del trámite legislativo irrogaría un importante retraso que dificultaría actuar en tiempo oportuno y obstaría al cumplimiento efectivo de los objetivos de la presente medida, por lo que procede recurrir al remedio constitucional establecido en el inciso 3 del artículo 99 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 26.122”
