Rechazo de la CSJN al caso Reyes: una decisión que consagra la impunidad

Con una resolución que elude todo análisis sobre la responsabilidad estatal en casos de violencia institucional, la Corte Suprema de Justicia rechazó tratar el recurso por el crimen de Miguel Reyes. La omisión sienta un precedente alarmante y desconoce estándares básicos del sistema interamericano de derechos humanos.

El 15 de abril de este año la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) rechazó el Recurso Extraordinario Federal que desde ANDHES presentamos en representación de la querella promovida por Ana Reales, madre de Miguel Reyes Pérez, asesinado por un agente de la policía de Tucumán el 24 de diciembre de 2016. El recurso se presentó en contra de la sentencia que había absuelto al policía Mauro Matías Navarro, autor del disparo fatal.

Para justificar su decisión la CSJN recurrió a la aplicación del llamado “certiorari”, que es una figura creada por el derecho norteamericano con el objeto de otorgarle a la Corte Suprema de Justicia la posibilidad de rechazar recursos en forma discrecional, atribución que, en nuestro país, se encuentra regulada en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Mediante la aplicación de este instituto la Corte nacional pudo desestimar el recurso extraordinario interpuesto sin dar ninguna explicación al respecto, básicamente por considerar el caso “intrascendente”.

Desde ANDHES consideramos que esta decisión del máximo tribunal resulta equivocada y riesgosa:

Equivocada porque los requisitos para la admisibilidad del recurso fueron prolijamente expuestos e incluso compartidos tanto por el Ministro Fiscal de la provincia como por la propia Corte Suprema de Justicia provincial que coincidieron en que existían elementos suficientes para declararlo admisible, razón por la cual el recurso fue directamente elevado a la CSJN para su tratamiento.

Riesgosa, porque la CSJN ignoró por completo la gravedad institucional que el caso implica, omitiendo cualquier consideración respecto a la participación directa de miembros de las fuerzas de seguridad estatales, cuyo accionar ilegal puede ocasionar responsabilidad internacional para el Estado Argentino de acuerdo a los principios del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.

La sentencia que absolvió al policía Navarro (originalmente condenado en el debate oral) fue una sentencia injusta que padeció de múltiples defectos, los cuales fueron puestos en evidencia no solo por el recurso extraordinario interpuesto por ANDHES sino también por el Amicus Curiae que el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) presentó ante la Corte Suprema.

Sin embargo, nada de esto fue tenido en cuenta.

Hace poco tiempo atrás desde este mismo espacio esperábamos que la sentencia de la Corte Nacional no se convirtiera en una nueva crónica de una injusticia anunciada, consagrando no solo la impunidad del responsable del homicidio de Miguel Reyes, sino generando un oscuro precedente respecto a la importancia que la CSJN le otorga al tratamiento de los casos en que las fuerzas de seguridad ocasionan la muerte violenta de una persona.

Porque Miguel Reyes, Ana, y todas las víctimas de la violencia policial, sí importan, aunque nuestra Corte Suprema de Justicia opine lo contrario, seguiremos acompañando su reclamo de justicia hasta las últimas consecuencias.

Ana Reales, madre de Miguel Reyes Pérez

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