El Juez Taboada también sostuvo su decisión en prejuicios sobre las personas con consumo problemático, al expresar “No es un hecho controvertido que G., D. y Almirón estaban consumiendo bebidas y drogas hace 15 horas aproximadamente. La hipótesis que plantean las acusaciones que no hacen nada no me resulta creíble (...) Almirón, D. y G. llevaban tomando 15 horas bebidas alcohólicas, consumiendo alita de mosca, paco y pasta base, pero sin embargo las partes acusadoras interpretan como cierto su relato en cuanto que no hubo ningún tipo de reacción por parte de los mismos cuando son personas que momento antes andaban con un machete y peleando con gente del barrio. Lo que confirma la versión de los efectivos policiales basándome en la experiencia común”. Cabe mencionar que no surge del debate ninguna prueba de resistencia o agresión por parte de la víctima, quien no tenía ningún elemento en sus manos y se encontraba sentado en el banco al momento del disparo. Por el contrario, todos los testigos fueron coincidentes en afirmar que entre la voz de alto y el disparo, no hubo tiempo para ninguna agresión. Así el Juez está fundando la legítima defensa sólo en el hecho de que la víctima consumió sustancias, sin evidencia de que haya habido una agresión ilegítima actual e inminente por parte de Franco y justificando el accionar policial desde una mirada más basada en el prejuicio de la “mala víctima” que en la prueba producida en el debate.