La sentencia de absolución del juez Taboada en la causa Franco Almirón: un fallo que legitima la violencia policial

El juicio oral y público por el caso de Franco Ezequiel Almirón —víctima de un brutal ataque policial ocurrido el 29 de agosto de 2024 en San Miguel de Tucumán— llegó a su fin con una sentencia que genera profunda preocupación. En el proceso estuvieron imputados Javier Nicolás Medina Quintana, acusado de homicidio agravado en grado de tentativa, y Héctor Luis Lobo, por encubrimiento agravado.

El juez subrogante Lucas Alfredo Taboada, que actualmente integra tres ternas a la espera de su nombramiento definitivo, absolvió a los imputados Javier Nicolás Medina Quintana (acusado de homicidio agravado en grado de tentativa), bajo el argumento de la legítima defensa y a Héctor Luis Lobo (por encubrimiento agravado), por atipicidad. También desestimó la demanda civil y declaró abstractas las exhortaciones solicitadas por ANDHES en calidad de querella institucional.

El juez subrogante Lucas Alfredo Taboada que absolvió a los policías imputados

De forma inédita y alarmante, la sentencia además impuso las costas del proceso -en relación  al imputado Lobo- a Franco Almirón, desplazando la condición de víctima a un plano secundario y reforzando la idea de que el único damnificado es el Estado, desconociendo la gravedad de las secuelas irreversibles que Franco padece hasta hoy: la pérdida total de un ojo y la visión comprometida en el otro.

“El juez subrogante Taboada desaprovechó una oportunidad histórica para poner un límite a la violencia policial en Tucumán. La Justicia no sólo deja en la impunidad a los responsables, sino que manda un mensaje de estigmatización y control social hacia quienes habitan los barrios populares. LLama poderosamente la atención, el rechazo de las exhortaciones al poder ejecutivo que sólo pretenden contribuir al diseño de una política de seguridad  y fuerza policial profesionalizada, transparente, democrática y respetuosa de los derechos de todos y todas. Este fallo no es un cierre: es el inicio de una nueva etapa de lucha por justicia, que vamos a dar en los tribunales y en la calle, junto a las organizaciones sociales”, señaló Fernanda Marchese, Co- Directora Ejecutiva de ANDHES.

Una sentencia criminalizadora

El fallo no sólo desoye las pruebas que acreditaron el uso abusivo e ilegítimo de la fuerza por parte de la policía, sino que también reproduce un discurso criminalizador que estigmatiza a los barrios populares y a las personas que se encuentran con consumo problemático. Durante la lectura de los fundamentos, el Juez Lucas Taboada expresó “Las partes han puesto en duda el accionar policial (...) pero eso yo entiendo que esa valoración la realiza desde la comodidad del desconocimiento de las situaciones que existen en barrios tales como Villa  9 de Julio o los riesgos a los que están expuestos el personal de seguridad”, luego de lo cuál valoró especialmente el rol de las fuerzas de seguridad -que no fue puesto en duda por ninguna de las partes durante el debate- al expresar “La gente al venir a juicio con esta clase de causa donde se acusa al personal policial pierden de foco algo que para mí es central y yo lo tengo claro. Los policías son personas que hacen de su vida defender a la ciudadanía”. Así planteó una lógica de “buenos” contra “malos”, en donde los malos son quienes habitan barrios como el de Franco. Durante el debate se probó la existencia de denuncias previas por violencia por parte de los mismos efectivos imputados, como así también el accionar policial cotidiano en la zona, cargado de agresividad. Nada de esto fue valorado por el magistrado.

El Juez Taboada también sostuvo su decisión en prejuicios sobre las personas con consumo problemático, al expresar “No es un hecho controvertido que G., D. y Almirón estaban consumiendo bebidas y drogas hace 15 horas aproximadamente. La hipótesis que plantean las acusaciones que no hacen nada no me resulta creíble (...) Almirón, D.  y G. llevaban tomando 15 horas bebidas alcohólicas, consumiendo alita de mosca, paco y pasta base, pero sin embargo las partes acusadoras interpretan como cierto su relato en cuanto que no hubo ningún tipo de reacción por parte de los mismos cuando son personas que momento antes andaban con un machete y peleando con gente del barrio. Lo que confirma la versión de los efectivos policiales basándome en la experiencia común”. Cabe mencionar que no surge del debate ninguna prueba de resistencia o agresión por parte de la víctima, quien no tenía ningún elemento en sus manos y se encontraba sentado en el banco al momento del disparo. Por el contrario, todos los testigos fueron coincidentes en afirmar que entre la voz de alto y el disparo, no hubo tiempo para ninguna agresión. Así el Juez está fundando la legítima defensa sólo en el hecho de que la víctima consumió sustancias, sin evidencia de que haya habido una agresión ilegítima  actual e inminente por parte de Franco y justificando el accionar policial desde una mirada más basada en el prejuicio de la “mala víctima” que en la prueba producida en el debate.

Este discurso fortalece el prejuicio de que los consumidores y habitantes de los barrios populares son peligrosos y por ende opera como una legitimación para disparar a quemarropa a todo aquel que se considera peligroso, sin necesidad de estar frente a una amenaza y por fuera de todos los estándares normativos para uso de la fuerza.

Para ANDHES, este resultado judicial constituye una sentencia criminalizadora que se inscribe en un patrón sistemático de violencia institucional en Tucumán, sostenido por políticas estatales y discursos oficiales que alientan el gatillo fácil y los operativos de ocupación en barrios populares. Este accionar ilegítimo ahora cuenta también con el aval y la legitimación del poder judicial.

Franco Almirón, perdió un ojo y tiene la visión gravemente comprometida en el otro.

Confirmamos que apelaremos la sentencia por considerarla arbitraria, estigmatizante, discriminatoria, revictimizante y contraria a los estándares internacionales de derechos humanos.

En este camino, reafirmamos nuestro compromiso de trabajo conjunto con organizaciones sociales como el Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE Tucumán), que conocen de primera mano las prácticas abusivas de las fuerzas de seguridad en los territorios y luchan cotidianamente por la dignidad de los barrios. Al concluir la sentencia, se impone una profunda sensación de que la justicia es, como sostiene Galeano, “como la serpiente, que sólo muerde a los descalzos”. Y, en el silencio de la sala judicial, resuenan las palabras de la querella particular: “¿Quién vigila a los vigilantes? (Abogado Ginés Araez).

Exhortaciones y respuestas

Durante el debate, ANDHES —en carácter de querella institucional— solicitó al Tribunal que, más allá de la responsabilidad penal de los imputados, se emitieran exhortaciones al Poder Ejecutivo provincial y al Ministerio de Seguridad como medidas de no repetición, en línea con los estándares internacionales de derechos humanos. Entre ellas:

  1. Capacitación continua en derechos humanos y uso racional de la fuerza para la totalidad del personal policial.
  2. Sanción e implementación de un protocolo de resolución pacífica de conflictos.
  3. Creación de un mecanismo de acompañamiento y evaluación periódica de la salud mental de agentes armados.
  4. Establecimiento de un protocolo de investigación en casos donde se encuentren involucrados agentes de seguridad, siguiendo el Protocolo de Minnesota.
  5. Conformación de una mesa de diálogo interinstitucional con participación de la sociedad civil.
  6. Puesta en funcionamiento del Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, conforme a la Ley provincial 8523.

Llama especialmente la atención que el juez haya declarado abstractas las exhortaciones solicitadas por ANDHES, incluso cuando en el propio debate oral tanto el jefe de Policía, Joaquín Girvau, como los imputados reconocieron que no existen capacitaciones suficientes ni protocolos claros para el uso de armas en la fuerza, ni para las situaciones que se presentan en el ejercicio de sus funciones. En sus testimonios quedó en evidencia que, ante la ausencia de lineamientos institucionales, cada agente resuelve como puede, lo que multiplica los riesgos de abusos y hechos de violencia como el sufrido por Franco. Es una responsabilidad ineludible del Estado gestionar el uso de la fuerza de forma segura, para evitar que el ejercicio de la función policial resulte en riesgos para la vida, como sucedió con Franco; y es una responsabilidad de la Justicia garantizar la no repetición de hechos de este tipo.

Un caso que revela un patrón

El ataque a Franco Almirón se enmarca en un patrón sistemático de violencia institucional en la provincia. Franco sobrevivió tras 22 días de internación, pero perdió un ojo y sufrió daños irreversibles en la visión del otro. A lo largo del debate, quedó probado que las fuerzas de seguridad actuaron sin protocolos claros, con prácticas discriminatorias y en un marco de legitimación de la violencia desde la conducción policial y política.

Este caso no solo evidencia el accionar abusivo y discriminatorio de las fuerzas de seguridad, sino también la preocupante respuesta de la Justicia tucumana, que en lugar de acompañar a las víctimas y garantizar su derecho a la verdad y a la reparación, las revictimiza con sentencias que legitiman el uso desproporcionado e ilegítimo de la fuerza. La decisión de absolver a los imputados y trasladar las costas del proceso a Franco, un cartonero que a duras penas puede sobrevivir día a día, constituye un mensaje desalentador: que quienes sobreviven a la violencia policial deberán enfrentarse, además, a un sistema judicial que les da la espalda.

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