Nuestro país cuenta con un sólido marco jurídico que reconoce los derechos de los pueblos indígenas. El artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional reconoce nuestra preexistencia étnica y cultural, garantiza el respeto a nuestra identidad, la educación intercultural bilingüe y el derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupamos. Asimismo, el inciso 22 otorga jerarquía constitucional a los tratados internacionales de derechos humanos, entre ellos el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado por Argentina mediante la Ley 24.071. Este instrumento reconoce nuestro derecho a conservar nuestras instituciones, culturas y formas de vida, así como a participar de manera efectiva en todas las decisiones que puedan afectarnos mediante procesos de consulta previa, libre e informada.