Durante el proceso del Hábeas Corpus Colectivo ante la CSJT, el Ministerio de Seguridad provincial justificó las detenciones masivas realizadas durante estos megaoperativos en base a tres argumentos. La presunta comisión del delito de resistencia a la autoridad (art. 237 del Código Penal), iniciando un legajo de investigación penal que en la mayoría de los casos se archivan por falta de pruebas, sin posibilidad de Habeas Corpus, ya que se trataría de un delito en abstracto. La utilización del artículo 152 inc. 2 del Código Procesal Penal de Tucumán, que habilita retener hasta 6 horas a personas cuya identidad no pueda establecerse. Y por último, y a pesar de haber sido declarada inconstitucional hace 14 años, recurrió a la Ley de Contravenciones Policiales N.º 5140 la cual sigue usándose como herramienta para justificar detenciones arbitrarias.