Reforma a la Ley de Inteligencia por DNU: riesgos constitucionales y democráticos

Un decreto que se aprobó sin debate, amplía el secreto, debilita los controles y pone en riesgo derechos fundamentales. En esta sección explicamos por qué la reforma al sistema de inteligencia es una amenaza para la democracia y qué acciones impulsamos, junto a otras organizaciones, para exigir su rechazo en el Congreso.

El 31 de diciembre del año 2025 a través del DNU 941/2025 el poder ejecutivo realizó una serie de modificaciones a la ley de Inteligencia Nacional N° 25.520. Los principales puntos críticos de la reforma a la Ley de Inteligencia (DNU 941/2025) pueden sintetizarse en:

Uso indebido del DNU y violación al principio republicano: el Poder Ejecutivo modificó la Ley de Inteligencia Nacional mediante un DNU sin justificar la necesidad ni la urgencia, arrogándose facultades legislativas y sustrayendo el debate del Congreso, en violación del artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.

Opacidad absoluta y ausencia de controles: al declarar que todas las actividades de inteligencia revisten carácter encubierto, el DNU elimina de hecho cualquier forma de control sobre los organismos de inteligencia, incrementando la opacidad y el riesgo de desviaciones que pueden derivar en violaciones a los derechos humanos.

Avance sobre funciones judiciales y policiales: se relativiza la prohibición de que los organismos de inteligencia realicen tareas policiales o judiciales, habilitando el “aporte espontáneo” de información sin revelar fuentes ni métodos, lo que afecta gravemente el derecho a la defensa en juicio y el debido proceso.

Facultad de detención por parte de organismos de inteligencia: el DNU habilita a los servicios de inteligencia a detener personas, una atribución incompatible con su finalidad institucional. Estas detenciones no exigen notificación inmediata a la Justicia ni garantizan la comunicación de la persona detenida, lo que abre la puerta a detenciones secretas, sin control judicial y en un marco de total encubrimiento.

Violación de garantías constitucionales: permitir detenciones en el marco de actividades de inteligencia encubiertas vulnera derechos fundamentales y contradice expresamente la prohibición constitucional de legislar en materia penal mediante DNU.

Intercambio masivo de información estatal: la creación de la Comunidad de Inteligencia Nacional y la Comunidad Informativa Nacional consolida un esquema de circulación ampliada de información entre organismos públicos, bajo la conducción de la SIDE, que pone en riesgo el derecho a la privacidad, la intimidad y la protección de datos personales.

Contexto de avance represivo: el DNU debe leerse en un escenario más amplio de fortalecimiento de herramientas represivas del Poder Ejecutivo, junto a otras medidas y al incremento del presupuesto de inteligencia, sin hipótesis de conflicto externo que lo justifique, profundizando la desprotección ciudadana y la criminalización de derechos como la protesta social y la libertad de expresión.

Frente a esta coyuntura desplegamos una serie de estrategias articuladas junto a más de 20 organizaciones sociales, políticas, ambientales, de derechos humanos de todo el país. 

En ese marco, desarrollamos una campaña de comunicación para alertar que la reforma del sistema de inteligencia pone en riesgo garantías constitucionales básicas y argumentar por qué el congreso nacional debe rechazar este DNU. Presentamos una serie de notas a partir del posicionamiento colectivo ante las cámaras de diputados y senadores de la Nación, solicitando al Congreso que tome todas las medidas a su alcance para evitar que el DNU 941/2025 afecte de manera irreparable derechos y garantías previstas en nuestra Constitución. En particular solicitamos su rechazo inmediato, la conformación urgente de la Comisión Bicameral de Fiscalización de Organismos y Actividades de Inteligencia y de la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo. En caso de que esa última comisión no se conforme o habiéndose conformado no dictamine, solicitamos que el Congreso se aboque de oficio al tratamiento del decreto, tal como prevé el artículo 20 de la Ley 26.122. Así también, realizamos presentaciones en instancias internacionales: una Carta Artículo 41 ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para que la CIDH le requiera información al Estado Argentino sobre este tema, y en el mismo sentido a las relatorías de Naciones Unidas. Por otro lado, nos presentamos en el recurso de amparo iniciado por el CELS Expte. 8/2026, para apoyar su solicitud de que se conceda la habilitación de la feria judicial para la tramitación de la acción y de la medida cautelar solicitada.

La reforma a la Ley de Inteligencia impulsada por el DNU 941/2025 representa un grave retroceso para el Estado de Derecho. Al concentrar poder, ampliar el secreto y debilitar los controles democráticos, el Poder Ejecutivo avanza sobre garantías constitucionales básicas y habilita prácticas que ponen en riesgo derechos fundamentales. Frente a este escenario, resulta imprescindible que el Congreso asuma su rol, rechace el decreto y restablezca los mecanismos de control y debate democrático. La defensa de la democracia, la libertad y los derechos humanos exige frenar este avance y reafirmar que la seguridad nunca puede construirse a costa de las garantías constitucionales.

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