Tercero, se habilita a vender la tierra apenas se quema. La Ley de Manejo del Fuego (26.815) prohíbe hoy vender, lotear o cambiar el uso de una superficie incendiada durante 30 a 60 años, justamente para desalentar el incendio como herramienta de "limpieza" de tierra previa a la venta. El proyecto deroga el artículo 22 quater —que fija esa prohibición de 30 años en zonas agropecuarias, praderas, pastizales y áreas periurbanas— y reescribe el artículo 22 bis para que la protección alcance solo a bosques nativos, dejando afuera humedales, áreas protegidas, bosques implantados y la vegetación en general. La Sociedad Rural de Rosario y la Cámara Argentina de Inmobiliarias Rurales vienen pidiendo exactamente esto desde 2024, con el argumento explícito de que la ley actual es una "confiscación" que impide el negocio inmobiliario sobre tierra incendiada.