En el año 2005, la Ley N° 26061 creó el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. La norma nacional impulsó reformas políticas e institucionales vinculadas a una reorganización estructural, que incluyó un reordenamiento de la institucionalidad nacional, federal, provincial, y municipal; e implicancias sustanciales en la administración de la justicia, y las normas de procedimientos. ¿Qué sucede con el sistema de protección integral en la Argentina y en nuestra provincia? ¿Alcanza con la conformación de una estructura formal para que dejen de existir casos como los de Lucio, Erika, Abigail, Rocio y Lucia? ¿Es solo una la institución responsable de las múltiples vulneraciones a derechos que se evidencian en estas situaciones? Para garantizar el funcionamiento adecuado de un sistema de protección integral hace falta mucho más que la reglamentación de una ley, o la construcción de una Secretaría y una Dirección. Se trata de garantizar una estructura interministerial e intersectorial que implemente políticas públicas de características descentralizadas, adecuadas, asequibles, debidamente presupuestadas y contar con funcionarios públicos de los diferentes poderes a nivel nacional y provincial capacitados en la materia, garantista de derechos, para comenzar a hablar de un Sistema en funcionamiento.