Ley Lucio: de la ausencia al acompañamiento

La nueva Ley Lucio busca prevenir y detectar tempranamente situaciones de vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes en todo el país. Pero, ¿es suficiente la conformación de una estructura formal y nuevas leyes para evitar casos como los de Lucio, Erika, Abigail, Rocío y Lucia en Tucumán?

El 13 de abril de 2023 se aprobó por unanimidad en el Senado la “Ley Lucio” convirtiéndo en ley el Plan Federal de Capacitación en materia de derechos y violencias contra las Infancias. El surgimiento de esta ley, tiene como base y fundamento las múltiples fallas del Sistema de Protección Integral a nivel local y nacional, considerando que el caso de Lucio no es un hecho aislado, sino uno de los tantos niños y niñas víctimas de un Estado que por omisión vulnera sus derechos. 

En el año 2005, la Ley N° 26061 creó el Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. La norma nacional impulsó reformas políticas e institucionales vinculadas a una reorganización estructural, que incluyó un reordenamiento de la institucionalidad nacional, federal, provincial, y municipal; e implicancias sustanciales en la administración de la justicia, y las normas de procedimientos. ¿Qué sucede con el sistema de protección integral en la Argentina y en nuestra provincia? ¿Alcanza con la conformación de una estructura formal para que dejen de existir casos como los de Lucio, Erika, Abigail, Rocio y Lucia? ¿Es solo una la institución responsable de las múltiples vulneraciones a derechos que se evidencian en estas situaciones? Para garantizar el funcionamiento adecuado de un sistema de protección integral hace falta mucho más que la reglamentación de una ley, o la construcción de una Secretaría y una Dirección. Se trata de garantizar una estructura interministerial e intersectorial que implemente políticas públicas de características descentralizadas, adecuadas, asequibles, debidamente presupuestadas y contar con funcionarios públicos de los diferentes poderes a nivel nacional y provincial capacitados en la materia, garantista de derechos, para comenzar a hablar de un Sistema en funcionamiento.

La “ley Lucio” tiene por objeto la prevención y detección temprana de situaciones de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, a través de la capacitación de los funcionarios públicos, la actuación coordinada de los organismos intervinientes y la difusión de los indicadores de violencia y medios de denuncia eficaces para la protección.

La aplicación de esta ley debe ser inmediata y realizarse de manera efectiva y obligatoria. En este sentido es importante remarcar que no alcanza con que una ley exista y haya sido aprobada, responder a las necesidades de este colectivo involucra intervenciones adecuadas, acordes, orgánicas e idóneas. El costo de la debilidad institucional - y la violencia institucional que implica - la pagan directamente las niñas, niños y adolescentes de las distintas comunidades. 

Es así, que las capacitaciones previstas en esta ley, deben ser obligatorias y sancionadas ante la negación de recibirlas, para que todos los funcionarios públicos a nivel nacional, provincial y municipal, cuenten con las herramientas de actuación y los conocimientos necesarios para el reconocimiento de las situaciones de violencia y cómo actuar en consecuencia. La capacitación debe destacar la corresponsabilidad, la cual permita pensar la infancia desde un enfoque integral de derechos, donde cada uno de los organismos involucrados tengan claridad de cuál es su rol y nivel de responsabilidad, generando un marco político e institucional que permita superar miradas, prácticas e intervenciones meramente sectoriales y aisladas, para avanzar hacia la de corresponsabilidad donde todos los actores vinculados en el trabajo con niños, niñas y adolescentes sean partícipes del diseño e implementación de estrategias y políticas integrales. 

Otro de los puntos importantes que nos trae la ley es la  obligatoriedad de la implementación de la Línea 102, un servicio gratuito y confidencial, de atención especializada sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes, en cada una de las jurisdicciones del país con el objeto de favorecer la promoción y protección de derechos de niñas, niños y adolescentes. Es importante no solo garantizar la implementación de la línea en toda las provincias, sino también generar campañas para la difusión de la existencia y funciones de la línea 102, que permita que niñas, niños y adolescentes puedan acceder a la misma, siendo atendidos por personas capacitadas e idóneas en la contención y acompañamiento, considerando la importancia de garantizar el derecho de las niñas, niños y adolescentes de ser escuchados en un marco de cuidado, evitando de esa manera su revictimización.

Lic. en Trabajo Social Coordinadora de Niñez y Adolescencia - ANDHES

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